GARA, 9/03/99

      "Información para fines delictivos"

      El auto de prisión dictado por el juez Garzón contra Pepe Rei describe un triple sistema informativo "cuyo destino es dirigido por ETA", y uno de cuyos vértices sería, según su relato, el Equipo de Investigación de ''Egin''. A modo de prueba, esgrime de nuevo documentos profesionales del periodista.

      HECHOS

      PRIMERO: De lo actuado se desprende que dentro de la estrategia global de la organización terrorista ETA-KAS y de la distribución de frentes que la integran, uno que tiene una relevante importancia es el Frente Informativo.

      Asimismo, formando parte de esa misma estrategia consta acreditado el diseño de lo que debería ser la creación de un auténtico "Estado Paralelo" y alternativo al legítimamente constituido en España. Para ello, entre otros aspectos de interés, la organización necesita la creación y desarrollo de unos "servicios de información" adecuados para conseguirla tanto sobre los objetivos "militares" (terroristas) como sobre los políticos y económicos, facilitando de este modo la actividad y consecución de los fines delictivos perseguidos por la organización terrorista.

      En la captación de información para estos fines se coordinan eficazmente los tres "servicios de información" que van, desde la denominada "Red/Sarea" de ETA, pasando por la NAEMko Informazio Taldea (Equipo de Investigación de KAS-MLNV) hasta el Equipo de Investigación de EGIN, a cuyo frente se encuentra José Benigno Rei Rodríguez.

      Estos "tres servicios de información" instrumentalizan otras estructuras y organizaciones del MLNV aprovechando la presencia de sus miembros en determinados estamentos e instituciones, para obtener, elaborar y transmitir la infomación necesaria para los fines delictivos que persigue la organización terrorista en forma coordinada y cuyo destino es decidido en definitiva por ETA, de modo que puede hablarse de un servicio de información común con niveles de utilización y explotación distintos y complementarios.

      SEGUNDO: (...) La puesta en marcha de este servicio de información se caracteriza por los siguientes elementos:

      1. Captación de información a través de:

      A) Fuentes documentales de acceso público o semipúblico (...)

      B) Fuentes documentales de acceso restringido a cargo de HB y LAB (...)

      C) Intercepción de comunicaciones previa la obtención de las frecuencias radioeléctricas utilizadas por organismos públicos y privados.

      D) Fuentes humanas utilizando las propias estructuras del MLNV, con el fin de centralizar toda la información en los distintos niveles de la organización (...)

      2. Centralización de la información captada a través de:

      A) Piso seguro. Se trataría de localizar un piso franco en el que se ubique el material informático y archivo de diskettes. El piso en cuestión se ubica en la calle Mitxel Laberguerie número 2, piso 2, departamento 4 de Bilbao.

      B) Los liberados que se hagan cargo del cometido de la información, mantenimiento de copias de seguridad, recabar información sobre materiales técnicos de espionaje y contraespionaje, en tanto que la coordinación y responsabilidad de llevar adelante el engranaje sería de Foru Aldundia y Udaletxea (HB y KAS, respectivamente) (...)

      C) Sistema informático para utilizarlo en la labor de proceso de datos; dicho material ha sido hallado en el "piso seguro".

      3. Objetivos de la actividad informativa, distribuidos en dos planos:

      a) Información económica; y,

      b) Información política, para utilizarla en favor del NAEM (MLNV). (...)

      TERCERO: La organización terrorista, partiendo del diseño del "servicio de información del MLNV y de otros servicios propios como el de ''Alkatua/Alcalde'' y del ''Eguinkari/Diario'', en referencia a EGIN y a su Equipo de Investigación, pretende desarrollar otro más global y estratégico".

      Este servicio de información de ETA, conocido como "Sarea/La Red", presuntamente confeccionado por el miembro de ETA Igor Urrestarazu Garijo ­y del que se han intervenido diversos documentos a otros miembros de dicha organización­ se destina a captar tanto información procedente de fuentes humanas como a desarrollar actividades de contrainformación o de intoxicación informativa. (...)

      El destino de la información se distribuye según los objetivos: Militares a ETA para la actuación terrorista; y los civiles a KAS-MLNV-EGIN para la actuación coactiva. (...)

      CUARTO: Como antes se ha dicho, existe una coordinación y paralelismos entre el servicio de información de ETA y el de KAS. Esta coordinación también se constata con el tercero de los servicios de información mencionado en el documento base NAEMko Informazio Taldea/Equipo de Información del MLNV, y que se denomina Equipo de Investigación del diario EGIN.

      Este equipo está dirigido por José Benigno Rei Rodríguez y compuesto por diversas personas que han ido cambiando a lo largo de diversas etapas.

      Las informaciones hasta el momento recabadas y analizadas por la UCI (Unidad Central de Investigación) y cuya autoría pertenece al Equipo de Investigación de EGIN destacan:

      a) Los que versan sobre el PNV y sus vías de financiación, presuntamente vinculadas a actividades de corrupción política.

      b) Las que se refieren a la Ertzaintza y sus presuntas actividades ilegales contra la Izquierda Abertzale y la participación de algunos de sus miembros en actividades de corrupción policial, señalando específicamente a determinados ertzainas que se caracterizan por su supuesta hostilidad al MLNV.

      c) Las que se concretan a funcionarios y miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Fuerzas Armadas y en especial al Cesid y presuntas vinculaciones con actividades de guerra sucia, espionaje y tramas de narcotráfico.

      d) Las que se concretan sobre el Partido Popular y Unión del Pueblo Navarro y sus vías de financiación presuntamente vinculadas a la corrupción política.

      Esta actividad, y la especial dedicación a la Ertzaintza y PNV está en consonancia con los objetivos fijados por los servicios de información de ETA y KAS.

      QUINTO: En el registro judicial de la sede del periódico EGIN, practicado el 15.7.98 se interviene el ordenador de uso personal de José Benigno Rei Rodríguez, en él se descubre una base de datos utilizada por su equipo, "Azkena/El último", que es la misma que la intervenida en el "piso seguro" del Servicio de Información de KAS (...).

      El análisis técnico-policial de la información del ordenador del Equipo de Investigación de EGIN dirigida por Rei Rodríguez desvela que la metodología seguida en las investigaciones, la valoración de resultados y el desarrollo de nuevas fases en aquellas se corresponde con las directrices fijadas en los documentos Sarea-NAEMko Informazio Taldea. Es decir, se integra y coordina en el mismo esquema de Servicios de Información de ETA-KAS. (...)

      SEXTO: No sólo queda constatada la vinculación entre los servicios de información mencionados, uno de los cuales dirige José Benigno Rei, sino que también se comprueban, tras la exhaustiva investigación policial y el estudio de parte del contenido del ordenador personal de aquél, las presuntas estrechas vinculaciones de Pepe Rei al servicio de la organización terrorista ETA y se evidencia cómo los tres servicios (Sarea/NAEMko Informazio Taldea y Equipo de Investigación de EGIN) operan con una estrategia común aunque compartimentados, pero con la fluidez necesaria para dar cobertura a los distintos frentes de la estrategia político-militar de ETA-KAS en el ámbito de la información, según sean los objetivos militares, políticos y económicos.

      Una serie de ejemplos desvelan esta interrelación:

      a) Tras la detención de Kepa Pikabea Ugalde, se interviene un documento que se refiere a Carlos Almorza, preso en el centro penitenciario de Fléury (París), remite a quien después se acredita es un redactor de EGIN que se la hace llegar a Pepe Rei, y en la que se contiene diversa información de interés para ETA, al parecer facilitada al interno en el mismo Centro Francisco Javier Abasolo Fernández (...).

      Posteriormente, Carlos Almorza reconoce en otro documento haber remitido la carta a Pepe Rei el 11.12.93.

      Asimismo, en la misma intervención policial, se consigue otro documento en el que se da cuenta de las críticas que la organización hace a Carlos Almorza por haber mandado la carta al equipo de investigación en vez de haberla remitido primero a la dirección para poder coordinar la información y poder utilizarla.

      Si bien este extremo ha sido juzgado y resultado absuelto José Benigno Rei Rodríguez, es preciso resaltar que en el registro del Diario Egin de 15 de julio de 1998 se interviene en el ordenador personal de José Benigno Rei un documento de fecha 6.6.94 titulado "Entrevista a Francisco Javier Abasolo, presidente de Euro Appraisal", lo que evidencia que aquél ha cumplido la orden a indicación de la carta de Carlos Almorza para que entrara en contacto con el señor Abasolo. Igualmente, y cumpliendo órdenes de ETA ­contenidos en la carta de 11.12.93­ el sr. Rei Rodríguez no saca la entrevista en el periódico.

      b) En el registro del diario EGIN, y en concreto en el despacho del director Javier Salutregi Mentxaka, es intervenido un conjunto de documentos en el que se contiene un informe que se refiere al PNV y a la Consejería de Interior del Gobierno Vasco (...)

      c) Ya se ha citado la existencia del "piso seguro" alquilado por Begoña Pérez Capape, y que aparece como una especie de "enlace" entre los servicios de KAS y EGIN.

      d) Las informaciones facilitadas por miembros de ETA como Jon Salaberria Sansinea, que hacía llegar los documentos que consideraban de interés y que reconstruían después de expurgar las basuras de las sedes del PNV y PSOE, a Pepe Rei.

      e) Hallazgo del ordenador de uso exclusivo de José Benigno Rei Rodriguez, tras el registro el 15.7.98 de un archivo de texto que contiene un documento titulado "F. Gutiérrez" en el que un tercero no identificado transmite al sr. Rei Rodríguez la petición por parte de los deportados de ETA en Cuba de que se investigue a dos personas que están en dicho país, y que "de una u otra forma se relacionan con algunos deportados" y de los que se sospecha que pueden estar al servicio de la Ertzaintza.

      José Benigno Rei cumple el encargo de ETA y hace labores de investigación (...)

      f) Una carta, de remitente no identificado, en la carpeta "Cuba" del Equipo de Investigación de EGIN, dirigida a Pepe (Pepe Rei) en la que de nuevo se le facilita información sobre una persona (...)

      g) Intervención de una de las mesas del Equipo de Investigación de EGIN de un archivador con la inscripción "Zipas sartzeko", en la que aparecen fotocopias del BOPV de fecha 26.4.93 que contienen listados de los policías alumnos de la 12 Promoción de la Ertzaintza. El dato responde a las instrucciones de los Servicios de Información ETA-KAS.

      h) Intervención de una carpeta archivadora con la inscripción Partido Popular, en cuyo interior, y con la inscripción "base", aparece un listado de los integrantes del Comité Ejecutivo del Partido Popular del País Vasco (...). El dato se corresponde con las instrucciones para los servicios de información ETA-KAS.

      i) Hallazgo entre los documentos del Equipo de Investigación de EGIN de listados referentes a la percepción de dietas de la 511 y 512 Comandancia de la Guardia Civil, así como datos sobre los nombramientos y asignación de destinos de la Policía.

      i) En el ordenador de uso personal y exclusivo de José Benigno Rei Rodríguez, se hallan listados de miembros de la Ertzaintza, señalándose como punto informativo del BOPV; igualmente, figuran listados de "berrozis" (...) y personal de la Consejería de Interior Vasca.

      k) En el ordenador de uso exclusivo de José Benigno Rei Rodríguez aparece una base de datos con el nombre de "base" un listado de miembros de la Ertzaintza que participaron en una operación anti-ETA, datos facilitados, según la anotación en el propio ordenador, por "Matanzas", referido este apellido, según los datos policiales, al letrado José María Matanzas.

      l) Bajo la misma clave y base de datos aparece en el ordenador varios listados de apoderados del PSOE en distintas localidades de Guipúzcoa con su DNI, profesión y domicilio. Esta mecánica es diseñada en los Servicios de Información de ETA-KAS.

      m) En dicho ordenador, y con la misma denominación y base de datos, se intervienen listados de concejales y alcaldes del PNV en Guipúzcoa, con datos personales, teléfonos, socios del PNV, afiliados de EGI. Estos datos guardan inmediata relación con lo expuesto en el documento NAEMko/Informazio Taldea, en donde se dan instrucciones al respecto.

      n) En el mismo ordenador y base de datos, se intervienen listado de radiofrecuencias correspondientes a cuerpos policiales y organismos oficiales y claves utilizadas para las comunicaciones radioeléctricas de las distintas instituciones encargadas de la seguridad pública. En esto sigue igualmente las directrices comunes de los servicios de información ETA-KAS.

      o) En el precintado ordenador con la misma denominación y base de datos, se interviene listado del personal judicial de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa de enero de 1989.

      p) En el mismo ordenador y base de datos, se intervienen datos sobre la empresa, administrador y movimientos económicos del Casino Kursaal, señalando como fuente de información "Nerón (LAB)" (...).

      q) Intervención de once diskettes conteniendo la base de datos Ertzaina II, con 6.151 registros correspondientes a miembros de la Ertzaina con todos sus datos personales y profesionales.

      r) En el ordenador de uso personal de José B. Rei Rodríguez, bajo la clave "Abascal", se interviene un archivo con una información (...). Con ocasión de la detención del responsable de ETA Félix Alberto de la Calle Gauna, el 17.11.94 en Toulon (Francia), se le interviene un documento que constituye la transcripción literal en fondo y forma de la información antes reseñada y en la que se señala como fuente informativa Reservada (Pepe). Es decir, José Benigno Rei Rodríguez.

      RAZONAMIENTOS

      JURIDICOS

      PRIMERO: Los hechos relatados desvelan la presunta comisión de un delito de colaboración con organización terrorista (...)

      SEGUNDO: En el acto de la declaración, el sr. Rei ha manifestado que existe libertad de acceso al ordenador por otras personas. Tal dato no desvirtúa la presunta responsabilidad de aquél y además, debe ser cuestionado a la luz de la información suministrada por la UCI en el día de hoy (...) y por el propio contenido de la rueda de prensa ofrecida por el sr. Rei Rodríguez el 28.7.98.

      TERCERO: La gravedad objetiva de los hechos, así como la circunstancia de haberse ejecutado en el seno y a favor de una organización terrorista a la que potencialmente puede continuar prestando servicio, así como la actualidad y permanencia de dicha actividad presuntamente delictiva, exigen garantizar que el imputado no se sustraiga a la acción de la justicia (...). Se juzga necesario en este momento procesal decretar la prisión provisional incondicional.


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